¿Eres de lo que confía en contadores y abogados? Esto te podría interesar.
Este newsletter es “auspiciado” por el Podcast de Nico Orellana. Esta semana conversé con Rodo Neira. Conversamos de auto-conocimiento, la naturaleza, el bienestar, la alimentación y mucho más. Lo puedes escuchar acá.
Esta semana quiero hablar sobre el problema de confiar en nuestros asesores a ojos cerrados, sin criticarlo a ellos, sino en llamar la atención que al firmar documentos o pagar la responsabilidad es 100% nuestra.
Un contador te podría indicar pagar IVA cuando no te corresponde (por ejemplo, considerando que tu actividad es afecta cuando no lo es. Ej. Venta de entradas para eventos deportivos o actividades de enseñanza).
O podría sugerir firmar cláusulas que no te favorecen.
Tengo clientes que el año pasado pagaron más de 40-60M en IVA que simplemente no debían pagar porque su actividad era exenta.
¿Cómo te vendría ese dinero para invertirlo en tu negocio?
Un historia triste es la de Reinaldo Lippi que siente que le quitaron su empresa por confiar y no meterse en los detalles legales. Acá una buena entrevista
Yo personalmente he trabajado con los mejores en mi industria. Mis abogados han sido DLA Piper y mis contadores JR Consultores. Y cada vez que los utilizo lo veo como una oportunidad para aprender entendiendo que sea lo que sea que ellos me recomienden, yo tengo que entenderlo 100% y cuando lo firme, asumir responsabilidad 100%.
Entonces para evitar problemas te recomiendo lo siguiente:
Siempre tienes que entender muy bien
Lo que están haciendo.
Lo que estás firmando.
Lo que estás pagando.
Aprovéchalo para estudiar, preguntar, aprender. Lee la ley, lee el contrato, entiéndelo.
Y si no te cuadra, pide segundas opiniones. o terceras. Recuerda que la firma o la plata es tuya, no de ellos. Y nadie las cuidará mejor que tú mismo.
Yo soy tan latero que leo la ley al detalle. Por ejemplo, en el caso de la ley que hizo afecto a IVA los servicios profesionales en Chile, leí la ley al detalle y me di cuenta que no derogaba las exenciones a los servicios de enseñanza por lo tanto estas empresas podrían seguir vendiendo sus clases, cursos y talleres exentos de IVA.
Mi contador no estaba seguro así que le mandé el oficio.
Oficio N° 2308, de 28.07.2022 lo siguiente:
Los ingresos percibidos por la dictación de charlas, seminarios y cursos, cuya finalidad sea entregar conocimientos técnicos sobre determinadas materias, se benefician con la exención contenida en el N° 4 del artículo 13 de la LIVS, cualquiera sea el carácter o la forma jurídica que tenga la entidad que imparte la enseñanza.
Esto es sólo un ejemplo. Tu negocio es todo para ti, para tus asesores eres un cliente más, ellos harán lo posible por hacerlo bien, pero es tu responsabilidad asegurarte que es lo mejor para tu negocio.
Eso es todo.
Si quieres conversar mándame un DM por twitter o sólo responde este correo.
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